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Registro de uniones civiles

El procedimiento de "registro de uniones civiles" regula la formalización e inscripción en el correspondiente registro de las uniones estables constituidas por personas de distinto o del mismo sexo y las familias derivadas de las mismas, así como las modificaciones y terminación de dicha unión, cualquiera que sea la causa.

Preferentemente de forma telemática a través del botón "Inicar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.

  • Solicitud de registro de unión civil.
  • DNI/NIE Contrayentes. Copia del Documento de identidad de ambos miembros de la pareja.
  • DNI/NIE Testigos. Copia del Documento de identidad de los testigos.
  • Declaración responsable firmada por ambos miembros de la pareja, certificando que ambos son mayores de edad, no se encuentran incapacitados por sentencia firme, y que desean formalizar su unión de manera libre y sin coacciones.

Solicitudes formuladas por una persona distinta del interesado (SIN CERTIFICADO ELECTRÓNICO DE REPRESENTACIÓN O DE FORMA PRESENCIAL)

Es preciso aportar:

  • Copia (anverso y reverso) de la documentación acreditativa de la identidad del interesado en vigor (DNI, pasaporte, NIE). En el caso de que el NIE no incluya fotografía del interesado, será preciso aportar el documento de la identidad o pasaporte en vigor expedido por las autoridades del país de procedencia.
  • Modelo de representación debidamente firmado, en el cual el interesado (otorgante) otorga su representación al solicitante (representante).

Nombre: Registro de uniones civiles.

Inicio del procedimiento: A Instancia de parte.

Tipo de interesado: Persona física.

Carácter silencio administrativo: Silencio positivo.

Plazo de ejecución: 3 meses.

Recurso aplicable: Potestativo de reposición / Contencioso - administrativo.

Tasas/Impuestos: Consultar la ordenanza fiscal del apartado de normativa.

Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).

                                      Presencial.